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lunes, 6 de abril de 2009

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. CAMERUN.

DIFERENTES TIPOS DE MALTRATO EN EL MUNDO CONTRA LA MUJER. CAMERUN.



En un análisis de la situación jurídica y socio-económica y política de la mujer en Camerún se muestra la relación entre los altos niveles de violencia contra la mujer en el Camerún y su baja condición en todos los aspectos de la vida.


Ee un hecho que las leyes relativas a la condición jurídica de la mujer que reflejan las actitudes sociales afectan a los derechos humanos de las mujeres, y que esas leyes a menudo tienen un impacto directo en la capacidad de la mujer para ejercer esos derechos. El contexto jurídico de la vida familiar, leyes que afectan a las mujeres de la situación socioeconómica, el acceso de la mujer a la educación, el mercado de trabajo y la política contribuyen a la violencia contra la mujer y su acceso a la reparación y la reparación.

Las Naciones Unidas en varias ocasiones ha expresado su preocupación por la la falta de progresos realizados por el Gobierno de Camerún en la reforma de las leyes y la lucha contra las prácticas que discriminan a las mujeres y las niñas y violan sus derechos humanos.


Discriminatorias en relación con las leyes escritas hacia la mujer.

el artículo 213 del Código Civil designa al marido como jefe de la familia y, como tal, es el principal gestor de moral y financiero. Es el esposo el que esta el domicilio conyugal, y los gastos del hogar es su principal responsabilidad.

Los artículos 108 y 215 del Código Civil otorgan al marido el derecho exclusivo a determinar el domicilio de la familia.

De acuerdo a los artículos 1421 y 1428 del Código Civil, las mujeres no tienen pleno derecho a utilizar, disfrutar o vender sus propiedades, aunque este derecho está estipulado en la Constitución. En este contexto, el artículo 1421 otorga al marido el derecho de administrar propiedades, otorgandole el derecho a vender o hipotecar la vivienda por ejemplo, sin el consentimiento de la esposa. El marido también gestiona a su esposa como su propiedad personal, ejerciendo todos los derechos sobre la misma.

El artículo 7 del Código de Comercio permite que un marido haga interrumpir el trabajo a su mujer a través de la notificación de su oposición al Tribunal de Comercio.


El artículo 223 del Código Civil y el artículo 74 de la Ordenanza 81/02 de junio de 1981 otorga al marido la facultad de oponerse a su esposa ante la búsqueda de una separacion matrimonial. Cuando termina un matrimonio, la comunidad de bienes, en teoría, debería ser compartida de manera equitativa entre los dos ex cónyuges, pero en la práctica las mujeres a menudo deben renunciar a sus derechos de propiedad.Sin embargo, según el artículo 1449 del Código Civil, la mujer recupera su propiedad personal ( faltaría mas).

Artículos 229 y siguientes del Código Civil regulan todos los aspectos del divorcio. Sólo reconoce el divorcio basado en la culpa, por razones de adulterio, la revocación de uno de los cónyuges de los derechos civiles como consecuencia de una aflictiva y difamatorio pena, o el abuso doméstico o de lesiones.

Según artículo 229, los dos primeros motivos son obligatorios, cuando se demuestra, el juez debe conceder un divorcio. Los motivos de la violencia en el hogar o las lesiones son opcionales, la concesión del divorcio es discrecional para el juez.
En algunos grupos étnicos, los maridos tienen derecho no sólo mantener el completo control sobre los bienes familiares, también puede divorciarse de sus esposas en un acto tradicional de la corte sin tener que justificar o dar pensión alimenticia.

Si bien, las mujeres tienen, de acuerdo con el Código Civil, los mismos derechos a la herencia que los hombres, la realidad es muy diferente en la medida en que un mujer no puede heredar en muchas ocasiones de su marido en la ausencia de un testamento (varía de grupo a grupo)por considerar de hecho, que un mujer casada es parte "inmueble", de su marido ,agrupandola con su propiedad personal y bienes raíces.

Además, la poligamia está permitida por la ley y la tradición que la poliandria no lo es. el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer señala que la violencia en la poligamia menoscaba los derechos de la mujer.

El artículo 361 del Código Penal define el delito de adulterio en términos más favorables a los hombres que las mujeres. bastaría si la mujer llevará a cabo actos sexuales en su casa, para ser duramente condenada .

Asimismo, en virtud de la ley, los hombres y las mujeres tienen el mismo derecho a entrar en el matrimonio y elegir libremente cónyuge.Sin embargo, la OMCT está preocupada por (18 la diferencia entre la edad mínima legal para contraer matrimonio de los varones y la de las niñas (15 años), que es discriminatoria y permite la práctica del matrimonio precoz, que aún está muy difundida en Camerún.

Un estudio llevado a cabo en Camerún reveló que las niñas de edades entre 15 y 19 representan el 24% de las mujeres casadas. La OMCT observa con especial preocupación que, a pesar de la ley en algunas comunidades, las niñas incluso se casan a la edad de 12 años. En muchos de estos casos, las niñas son obligadas a contraer matrimonio.

A menudo los padres de la novia se paga un "precio de la novia" por el marido. Y es difícil para una mujer divorciarse de su marido.

Cuando el marido muere, una práctica relacionada con el pago de una dote es la de obligar a una viuda a casarse con unode los hermanos del fallecido .

Además, la maternidad precoz constituye un grave problema de salud y emocional riesgo para las jóvenes, muchas de los cuales son incapaces de cuidar de sus bebés e incluso, a veces, mueren en el proceso de dar a luz.

Además, un matrimonio temprano conduce a la deserción escolar de las niñas y, por tanto, el círculo vicioso de la pobreza, la falta de poder y al final, una vez más,a la violencia. Cabe señalar que la edad a la que se casan las mujeres en las zonas urbanas es mayor que en areas rurales.

Las mujeres en Camerún son también discriminadas de facto de un punto de vista. El 51% de la población en Camerún viven por debajo del umbral de la pobreza y la pobreza tiene un rostro cada vez más femenino. Se ha constatado un aumento de más y más mujeres y niñas y dedicadas a la prostitución siendo así expuestas a la explotación.

Según el UNICEF, en el año 2000, la tasa de alfabetización de adultos entre los hombres fue del 82%, mientras que la tasa de alfabetización de adultos de la mujer es 69%. 69%.

La matriculación en la escuela primaria neta de los niños fue de 76% entre 1992 2001 y que el 71% de las niñas.

Además, un menor número de niñas se encuentran en la sección de escuelas de secundaria y su tasa bruta de matrícula entre 1995 y 1999 fue del 17% frente al 22% de la de los varones.

Esta falta de oportunidades para las mujeres para tomar decisiones en el plano político tiene graves consecuencias para el progreso de la mujer y su disfrute de los derechos humanos.

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TELÉFONOS DE EMERGENCIA CONTRA EL MALTRATO

AMBITO NACIONAL

Comisión para la investigación de Malos TratosTels.: 900 10 00 09 / 91 308 27 04(Para información de urgencia de malos tratos. Horario: de 10 a 14h. y de 16 a 18h.)

Instituto de la Mujer-Ministerio de Trabajo y Asuntos SocialesTel.: 900 19 10 10Tel.: 900 15 21 52 (para información a mujeres sordas)Es un servicio de ámbito nacional al que se puede llamar gratuitamente las 24 horas del día.
ANDALUCÍA
Tel.: 900 20 09 99(Servicio telefónico de información a la mujer, 24 horas)
ARAGÓN
Tel.: 901 50 45 04(Servicio telefónico, 24 horas)
ASTURIAS
Instituto Asturiano de la MujerTel.: 985 10 67 07
BALEARES
Comisión Interdepartamental de la MujerTel.: 971 17 65 65
CANARIAS
Tel.: 900 71 35 71(Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria. Teléfono gratuito deasistencia y asesorameitno a la mujer)
CANTABRIA
Tel.: 900 33 22 21(Teléfono de la mujer. Dirección General de la Mujer)
CATALUÑA
Tel.: 900 70 30 30(Servicio telefónico de atención social. Urgencias. Ayuntamiento de Barcelona)
CASTILLA-LA MANCHA
Dirección General de la MujerTel.: 925 26 72 00
CEUTA
Consejería de Sanidad y Bienestar SocialTel.: 956 52 82 00
EXTREMADURA
Tel.: 900 50 03 35(Teléfono de la mujer, 24 horas. Dirección General de la Mujer)
GALICIA
Tel.: 900 40 02 73(Teléfono de la mujer. Servicio Gallego de Igualdad)
MADRID
Dirección General de la MujerTel.: 901 50 45 04
MELILLAGabinete de la MujerTel.: 952 67 54 24
MURCIA
Secretaría de la MujerTel.: 968 36 66 29
NAVARRA
Instituto Navarro de la MujerTel.: 948 20 66 04
LA RIOJA
Dirección General de Bienestar SocialTel.: 941 29 11 00
PAÍS VASCO
Institiuto Vasco de la MujerTel.: 945 13 26 13
COMUNIDAD VALENCIANA
Dirección General de la MujerTel.: 96 398 56 00

Organismos Internacionales pro Derechos Humanos

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Alianza para un mundo responsable, plural y solidario.

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

Amnistía Internacional.

Asociación Latinoamericana para los Derechos Humanos.

Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo

Brigadas Internacionales de Paz

Centro de Derechos Reproductivos.

Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas.

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.

Comisión Andina de Juristas.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Comisión Interamericana de Mujeres

Comisión Internacional de Juristas

Comisión para la defensa de los Derechos Humanos en Centro América

Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer

Comité Internacional de la Cruz Roja

Conecta Sur

Consejo de Derechos Humanos

Convención Europea de Derechos Humanos

Corte Interamericana de Derechos Humanos

Coordinadora Contra la Represión Institucional y Policial

Corte Internacional de Justicia

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Diakonia

ECPAT Internacional

Federación Iberoamericana del Ombudsman

Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Fondo de Población de Naciones Unidas

Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe

Fundación Rigoberta Menchu Tum

HelpAge Internacional

Human Rights Watch

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Instituto Interamericano del Niño.

Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente

Plataforma de Información del Pueblo Indio

Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

Programa de Acción Mundial para los Impedidos

Proyecto Desaparecidos

Red Latino Americana y Caribeña por la defensa de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes

Save the Children

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Unión Europea, Derechos Humanos y Democracia